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¿Verifactu aplazado a octubre de 2028? Lo que se ha anunciado y lo que sigue siendo ley

Hacienda ha anunciado que las obligaciones pendientes de Verifactu pasan a octubre de 2028. Buena noticia, pero un anuncio todavía no es ley. Esto es lo que significa para ti hasta entonces.

En este artículo

El 5 de octubre de 2026 el Ministerio de Hacienda anunció que quiere aplazar las obligaciones de Verifactu que aún no están en vigor hasta octubre de 2028. Desde entonces casi todos nuestros clientes nos hacen la misma pregunta: ¿entonces nos olvidamos durante dos años?

No exactamente. El aplazamiento se ha anunciado, y contamos con que salga adelante. Pero mientras no esté en el BOE, las fechas de 2027 siguen siendo ley. En este artículo te explicamos qué se ha anunciado, qué vale hoy y qué haríamos nosotros en tu lugar.

Esto no es asesoramiento legal ni fiscal, y no somos gestores. Para tu caso concreto, consulta con tu gestor. Si quieres la foto completa de qué es Verifactu y a quién afecta, lee nuestro artículo Verifactu: qué cambia en tu facturación.

Qué ha anunciado Hacienda

El Ministerio de Hacienda publicó una nota informativa el 5 de octubre de 2026. En resumen:

  • Hacienda prevé aplazar todas las obligaciones de Verifactu que aún no están en vigor hasta octubre de 2028.
  • El motivo es hacer coincidir Verifactu con la factura electrónica obligatoria entre empresas para quienes facturan hasta 8 millones de euros al año, que empieza el 6 de octubre de 2028. Dos cambios grandes en tu facturación en el mismo mes, en lugar de uno en 2027 y otro en 2028.
  • Las garantías técnicas de Verifactu se mantienen: facturas que no se pueden modificar después, trazabilidad, el código QR. Lo que se mueve es la fecha, no el contenido.

La nota no da un día exacto de octubre de 2028. Eso lo fijará la norma que formalice el aplazamiento.

Qué es ley hoy

Los plazos en vigor están en el Real Decreto 1007/2023, modificado por el Real Decreto-ley 15/2025 de diciembre de 2025:

  • Sociedades (Impuesto sobre Sociedades): programa de facturación adaptado antes del 1 de enero de 2027.
  • Resto de obligados, autónomos incluidos: antes del 1 de julio de 2027.

A 30 de octubre de 2026 el aplazamiento no está en el BOE. El texto consolidado del Real Decreto 1007/2023 se actualizó por última vez el 3 de diciembre de 2025 y sigue diciendo 1 de enero de 2027 y 1 de julio de 2027. La propia nota de Hacienda habla de una previsión. Hasta que se publique una norma nueva, esas son las fechas que valen.

Además, el calendario aprieta. Si eres una sociedad, el 1 de enero de 2027 está a dos meses. Para que el aplazamiento te sirva, la norma tiene que publicarse antes. Contamos con que así sea, porque Hacienda lo ha dicho públicamente y todo el sector ya planifica con 2028. Pero "contamos con ello" no es lo mismo que "es ley", y la multa por un programa que no cumple es de 50.000 euros por ejercicio.

Qué significa para ti en la práctica

Si tu programa ya está adaptado: no cambia nada. Sigue facturando. El aplazamiento anunciado solo da tiempo a quien no está preparado.

Si sigues con un programa sin adaptar, o con Word y Excel con macros: no esperes a 2028. Usa el tiempo extra, si llega, para cambiar con calma y no a toda prisa en diciembre. Pide a tu proveedor la declaración responsable de la versión que usas. Si no puede enseñártela, ya tienes la respuesta.

Si eres una sociedad: confirma con tu gestor antes de que acabe noviembre si el aplazamiento se ha publicado. Si no, planifica como si el 1 de enero de 2027 siguiera en pie, porque entonces lo está.

Si eres autónomo: según la ley actual tienes hasta el 1 de julio de 2027, y probablemente hasta octubre de 2028. En cualquier caso, elegir programa ahora no te cuesta más y te ahorra las prisas.

No lo confundas con la factura electrónica

El anuncio hace coincidir Verifactu con la factura electrónica obligatoria entre empresas, pero siguen siendo dos obligaciones distintas. Las fechas de la factura electrónica sí están publicadas en el BOE: 6 de octubre de 2027 para empresas que facturan más de 8 millones de euros y 6 de octubre de 2028 para el resto. Esas fechas no dependen del anuncio sobre Verifactu. Te las explicamos en Factura electrónica obligatoria: fechas, formatos y qué hacer.

  • Sabes qué fecha te aplica hoy: 1 de enero de 2027 (sociedad) o 1 de julio de 2027 (resto)
  • Sigues si el aplazamiento a octubre de 2028 se publica en el BOE
  • Tu proveedor de software te ha dado su declaración responsable
  • Si vas a cambiar de programa, lo haces ahora y no en el último mes
  • Tienes apuntada la fecha aparte de la factura electrónica: 6 de octubre de 2027 o 2028

Si te quedas con una sola cosa

  • Octubre de 2028 está anunciado. Es probable, pero todavía no es ley.
  • Hasta que esté en el BOE, valen el 1 de enero de 2027 y el 1 de julio de 2027.
  • Usa el tiempo extra para prepararte con calma, no para volver a aplazarlo.

Actualizaremos este artículo en cuanto se publique el aplazamiento. ¿Quieres aprovechar el tiempo para pasar tu facturación a un programa preparado para Verifactu y la factura electrónica? Reserva la llamada y vemos qué usas ahora.

Fuentes

Noah WinkelmanSelva Digital

Construye webs y los sistemas que hay detrás para pequeños negocios de España y los Países Bajos. Deja por escrito lo que los clientes preguntan dos veces.

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